Discusión:Postura de Wikimedia México ante la Ley Döring

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Totalmente de acuerdo[editar]

Estoy totalmente de acuerdo con los cuestionamientos hacia la "ley Döring" y hacia la Ley SOPA: hace falta una discusión/un debate plural al respecto, un intercambio de opiniones que incluya a todos los sectores involucrados, no sólo a unos cuantos que están en el poder económico. Sin embargo, dada mi falta de conocimientos de los aspectos legales, sólo me atreví a hacer, por ahora, mínimos cambios en la ortografía y en la redacción del texto de Salvador. Saludos.--Correogsk 04:30 27 ene 2012 (UTC)[responder]

En desacuerdo[editar]

La Ley Doring parte de la premisa de que el titular de los derechos de autor puede informar a la autoridad de la infracción de sus derechos, pero no lo obliga. Un creador altruista no le solicitaría al IMPI nada y por lo tanto no pasaría nada. La Ley Doring tambien serviría para proteger los derechos de Creative Commons. No es extraño que alguien abuse del creative commons y cobre por contenido que su dueño a declarado libre, eso es una violación de los derechos del autor de hacer libre su creación. La ley Doring permitiría al creador altruista acudir al IMPI para forzar al que abusa del creative commons cobrando por lo que el dueño declaró libre, a que desista de su acción. Creo que habría que añadir toda una sección de derechos de internautas a la par de obligaciones, eso si le falta a la ley doring.

Gracias por opinar. Cuando mencionamos que la Ley Döring olvida a los creadores altruistas, nos referimos a que realmente el texto del proyecto se encuentra enfocado a que el creador siempre quiere cobrar. Incluso hay modalidades de Creative Commons que libera y permite la comercialización por una segunda persona. Quien afecta bajo esta licencia no tiene la acción que mencionas y, por tanto, no hay violación de copyright, luego entonces ni el autor, ni el IMPI tendrían mucho que alegar en contra y no podrían aobligar a nadie a desistir. Una verdadera legislación debería considerar estas variaciones novedosas de la actividad intelectual en internet. Partir de un catálogo de derechos y obligaciones de los internautas no es mala idea. Un saludo. Salvador alc 19:02 14 feb 2012 (UTC)[responder]